El Gobierno regula nuevos estándares de combustibles.
Mediante la Ley 7357/24 se modifica el artículo 7° de la Ley 5444/15, con el objetivo de fomentar el consumo de alcohol absoluto y alcohol carburante en las gasolinas. “En resumen, a partir de 2025, todas las gasolinas con un número de octano menor a RON 97 deberán tener un porcentaje mínimo de 30% de etanol anhidro, basándose en estudios técnicos previos a la reglamentación”, explicó el Ing. Miguel Velázquez.
Esto afecta principalmente a las gasolinas con RON 85, 90 y 95, que deberán incorporar este porcentaje mínimo de etanol. Por otro lado, las gasolinas de RON 97 y superiores no sufrirán modificaciones, manteniéndose con un 10% de etanol.
La ley faculta al Ministerio de Industria y Comercio (MIC), que a través de Resolución reglamente los porcentajes de utilización del etanol "dando preferencia al alcohol derivado de caña de azúcar producido en el mercado interno nacional" garantizando un mínimo de 50% de dicha materia prima. Esto tiene una implicancia de orden económico y social positivo para el país.
En cuanto al aspecto técnico. Se seguirá comercializando gasolinas aptos para vehículos cuya recomendación o exigencia de los fabricantes contengan hasta un 10% de etanol. Por otro lado, las gasolinas vigentes de RON menor a 97 octanos contienen hasta 27% de etanol y aumentar a 30% en principio no debería afectar el funcionamiento de estos vehículos, aunque debería llevarse a cabo pruebas qué certifique esto. En cuanto a los ensayos laboratoriales de las gasolinas con 30% de etanol no mostró cambios sustanciales en los parámetros fisicoquímicos si mostraron aumento de los números de octanos, finalizó Velázquez.

